El Tribunal Constitucional (TC) organizó la conferencia «La protección de los derechos sociales con enfoque de género: experiencias compradas», a cargo del Dr. Christian Courtis, funcionario del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien describió la Constitución dominicana como una poderosa herramienta para garantizar derechos sociales.

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La conferencia, presidida por el presidente del TC, magistrado Napoleón R. Estévez Lavandier, formó parte de la mesa de diálogo «El rol de las mujeres en las altas cortes y la construcción de decisiones con perspectivas de género: intercambio de experiencias regionales». La actividad fue organizada por la Comisión de Igualdad de Género de esta corte, coordinada por la magistrada Army Ferreira, el Centro para la Salud y los Derechos Humanos del Instituto O’Neill de la Universidad de Georgetown.

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En su intervención, Courtis indicó que América Latina ha sido pionera en la inclusión de derechos en las constituciones, aunque duramente mucho tiempo el reconocimiento de estos fue retorico. Explicó que es con la reforma a la Constitución en 2010 que en República Dominicana se incorpora un modelo robusto de Estado social y se reconoce ampliamente los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales sin establecer una jerarquía inferior frente a otros derechos.

Considera que el país cuenta con fuerte Estado social, en el que se existen un amplio catálogo de derechos, hay obligaciones específicas para la protección de grupos en situación de vulnerabilidad y no hay distinción entre unos derechos y otros.

En ese sentido, el jurista argentino sostuvo que la carta magna dominicana ofrece una base sólida para que los tribunales conozcan y decidan casos relacionados con derechos sociales, igualdad y no discriminación, especialmente cuando se trata de situaciones que afectan de manera diferenciada a las mujeres.

Es por esto por lo que les dijo a los magistrados presentes en la actividad que «tienen un instrumento muy poderoso que manda un mensaje claro que es: si uno quiere hacer una distinción diciendo los derechos sociales no son justificados, los derechos sociales no tienen parámetros de control, se choca con esta evidencia construida ladrillo a ladrillo de un modelo fuerte».

«Como jueces tienen una responsabilidad importante en tomarse en serio la Constitución y tomarse en serio esos derechos de la Constitución», insistió el jurista argentino, que a modo de ejemplo mencionó que países como Alemania no tienen una lista de derechos sociales, contrario a lo que pasa en República Dominicana.

Courtis también señaló el principio de igualdad y no discriminación como una obligación inmediata aplicable a los derechos sociales, que no están sujetas a limitaciones progresivas como ocurre con algunas prestaciones estatales.

Al referirse a la igualdad de género, sostuvo que la Constitución dominicana no se limita a una visión formal, sino que incorpora referencias a la no discriminación por razón de género, la violencia doméstica, la protección reforzada de la maternidad y la participación de las mujeres en los poderes públicos. Esa perspectiva, explicó, exige identificar «situaciones de desigualdad estructural» y «situaciones de desventaja de las mujeres».

En materia de seguridad social, el también catedrático manifestó que los sistemas aparentemente neutrales pueden generar efectos desproporcionados sobre las mujeres, debido a la doble o triple carga de trabajo que asumen entre el empleo remunerado, las tareas de cuidado y la organización del hogar. Esa realidad, dijo, puede incidir en sus cotizaciones, pensiones y acceso a beneficios.

Expuso, además, que la violencia contra la mujer no debe analizarse únicamente desde la persecución penal, sino desde una visión integral que incluya prevención, servicios de protección, subsidios, atención de salud, acompañamiento psicológico y medidas que permitan a las víctimas salir de círculos de dependencia económica y violencia.

El expositor insistió en que el control judicial no debe limitarse a revisar leyes, sino también acciones y omisiones de la administración pública. En ese punto, planteó que los tribunales pueden preguntar al Estado si tiene planes, presupuesto, políticas públicas, mecanismos de implementación y resultados verificables frente a situaciones de vulnerabilidad.

“¿Qué tiene en el papel? ¿Cuál es su plan? ¿Cuál es la dimensión del problema? La política pública está en el papel, pero no la implementó, tiene destinó recursos a esto, no destinó recursos”, planteó al explicar cómo los jueces pueden evaluar el cumplimiento estatal.

Asimismo, presentó casos regionales e internacionales sobre seguridad social, trabajo, salud, educación, derecho al cuidado y violencia contra la mujer. Entre los ejemplos citados, mencionó decisiones relativas al acceso de trabajadoras domésticas a la seguridad social, la protección laboral de mujeres embarazadas, la permanencia educativa de adolescentes embarazadas, el acceso a servicios de salud específicos para mujeres y las obligaciones estatales frente a la violencia doméstica.

A la conferencia asistieron los magistrados María del Carmen Santana de Cabrera, Sonia Díaz Inoa, Reyes Torres, jueces, académicos, representantes de la comunidad jurídica y empresarial, así como servidores constitucionales.