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EDUCA traza su perspectiva sobre reforma a la Ley General de Educación 66-97

Acción Empresarial por la Educación (EDUCA), consideró que la voluntad política de las actuales autoridades para reformar la Ley General de Educación 66-97, crea la oportunidad para que los principios y compromisos debatidos y legitimados por la sociedad dominicana en el proceso de construcción colectivo del Pacto Nacional para la Reforma Educativa, cobren fuerza de Ley.

Conforme a la organización, la nueva normativa deberá constituirse en una ley flexible de cumplimiento rígido, a diferencia de la ley vigente que se ha caracterizado por ser un estatuto rígido de cumplimiento flexible.

Opina que toda revisión de la Ley General de Educación, así como de la legislación complementaria, debiera eliminar privilegios, prerrogativas, y cualquier beneficio para los diferentes actores vinculados con el sistema educativo, con la salvedad de aquellos que surjan de los talentos y virtudes demostrados en instancias objetivas y competitivas.

<< Ahora bien, se excluye de esta máxima únicamente al cargo de ministro de Educación, que debe ser designado por el presidente de la República conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública y en la Constitución Nacional >>.

Las reflexiones de Educa son recogidas en la Nota Técnica, Reforma de la Ley General de Educación: consideraciones para cumplir con un compromiso pendiente, publicada esta semana bajo la firma de Darwin Caraballo, director ejecutivo de la entidad.

El análisis forma parte de los trabajos de perspectiva de Educa sobre la revisión y modificación de la Ley General de Educación 66-97, en su calidad de representante del sector educativo privado ante la comisión recientemente instalada por el ministerio de Educación, conformada por actores clave que inciden en el sistema, y que tiene el mandato de presentar ante las autoridades un nuevo marco normativo que esté acorde a los tiempos actuales y garantice el aprendizaje de los estudiantes.

Incorporar indicadores de calidad de gasto

En su enfoque, el director ejecutivo de Educa resalta la importancia de incorporar en la nueva norma indicadores atinentes a la calidad del gasto, tales como el ratio de personal administrativo docente; gastos de capital sobre gastos recurrentes; y formación de docentes por resultados, etc..

Expuso que Educa, junto a la sociedad dominicana, ha tomado como una conquista el 4 % y está dispuesta a defenderlo como a una trinchera, << sin embargo, parece sensato, a la luz de los resultados, condicionar los desembolsos de esos presupuestos al logro de las metas de calidad previamente definidas>>.

Planteó que desde el 2013 fecha en que se comienza a honrar el 4 % del PIB establecido en el artículo 197 de la actual ley, se han acumulado más de USD 27.000 millones destinados a la proporción de la educación administrada por el Minerd.

Desde el prisma institucional, en el financiamiento de la educación no debiera primar la lógica del gasto sino de la inversión, procurando y fundamentando que cada peso del presupuesto esté asociado e identificado sobre una cadena de valor, que conduzca a una mejora integral de los aprendizajes de los estudiantes de todos los niveles, modalidades, subsistemas y ofertas.

Limitar acciones de Minerd

Respecto a la operatividad del ministerio de Educación como órgano rector del sistema, subraya la pertinencia de que se limiten sus acciones a definir << únicamente >> los estándares de calidad esperados independientemente del tipo de oferta, delegando en la comunidad educativa privada plena libertad para la elección de los métodos, estrategias pedagógicas y marco disciplinares que entienda adecuado.

Restringir el número de suspensiones

<< Del mismo modo, en procura de proteger el derecho de los estudiantes y de sus familias para asegurar la continuidad del calendario y el horario escolar, la nueva Ley General de Educación deberá limitar la suspensión de jornadas de clases; por estas razones y por cualquier otra >>, enfatizó Caraballo.

Partiendo de que la calidad de la educación está determinada por la calidad de los educadores, Caraballo expone el criterio de que el nuevo marco normativo garantice que los educadores puedan alcanzar las mejores condiciones laborales posibles, << sin que ello implique alejarse de las tareas de docencia directa >>.

<< Justo es, además, reconocer la importancia de instaurar una cultura basada en el mérito y esfuerzo individual de toda persona que ocupe un cargo docente o administrativo en el nivel y jerarquía, y que muestre en un proceso competitivo, transparente y riguroso la idoneidad técnica y la experiencia para ejercer las funciones requeridas >>, apuntaló.

Reivindicar y fortalecer Consejo

En otro prisma, Caraballo esboza la pertinencia de reivindicar la figura del Consejo Nacional de Educación y ratificar su estatus como máximo órgano de decisión en materia de política educativa. En ese hilo conductor, sugiere que se incorpore a sus atribuciones, seleccionar una terna de candidatos de trayectoria profesional y personal idónea para ocupar el ministerio de Educación.

<< De hecho, según lo dispuesto en el compromiso 7.6 del Pacto Educativo, será necesario renovar y fortalecer el rol del CNE, equilibrando su composición, grado de representación, selección y también estableciendo mayorías especiales para la toma de decisiones sobre algunos aspectos relevantes de la política educativa.  Entre estos, el presupuesto, la política curricular, los acuerdos colectivos y salariales con los sindicatos docentes y otros trabajadores de la educación>>, exteriorizó el director ejecutivo de Educa.

Cultura de la evaluación.

De acuerdo con Educa, la nueva legislación debiera también promover y consagrar una cultura de la evaluación para el sistema educativo, bajo el supuesto de que no hay caminos de mejora posible sin medir con objetividad procesos, resultados, impactos y desempeños.

Estima que cada funcionario, estudiante, autoridades educativas, entidad administrativa, y centros educativos públicos y privados, deberán rendir cuenta, sistemática y públicamente, del logro de sus resultados y desempeño ante las autoridades competentes del sistema educativo y estos resultados deberán ser de dominio público.

<< Esto facilitará también una cultura de puertas abiertas y de transparencia en el acceso a la información, hecho que ha sido de difícil cumplimiento con la normativa actual a pesar de los marcos normativos complementarios que regulan el acceso a la información pública >>, subraya.

Formación y la carrera docente.

En el documento, se sugiere que el nuevo marco normativo ascienda a rango de ley al estatuto docente, el cual también debiera ser ajustado y revisado a la luz de los principios y filosofía que se viene describiendo.

Opina que las regulaciones sobre la formación de docentes, sobre la carrera docente y sobre jubilaciones y pensiones, deberían garantizar la transparencia y el profesionalismo, para que cada maestro o profesor sea recompensado en función de su nivel de desempeño, competencias y compromiso con la causa de la educación.

Definir obligaciones de actores del sistema

De igual manera, la Nota Técnica No.82 aborda la necesidad de que se avance en una nueva agenda de derechos que establezca la potestad de los niños y adolescentes a aprender y a culminar los ciclos educativos, al menos hasta el primer nivel de la educación secundaria.

<< Así como es importante reforzar la idea del derecho a la educación, también el marco normativo debiera ampliar, pronunciarse y definir las obligaciones de todos los actores como contracara de esa agenda de derechos >>, enfatizó.

A la vez de añadir << empero se sugiere ser cuidadoso y evitar la inflación de esa agenda, porque allí donde se identifica un derecho se genera una necesidad que reclamará por más financiamiento público >>.

Partiendo de la visión de Educa, la nueva versión de la Ley debiera reflejar expresamente los ideales de libertad de la Constitución Dominicana, que mediante nuevos marcos normativos regulen la función educativa del Estado y garanticen la plena libertad en todas las áreas, individuales y colectivas.

<< Son las familias quienes deben escoger el tipo de educación que pretenden para sus hijos, sin restricción de ningún tipo, tal y como lo refiere el segundo numeral del Artículo 63 de la Constitución >>, precisó.

<< Es sobre los padres, según la Carta Magna, en quienes reposa la responsabilidad y la obligación de elegir la educación de sus hijos menores y dependientes >>, acotó finalmente.

Entre los 118 compromisos que conforman Pacto Educativo, el numeral 7.4 refiere a la necesaria modificación de los marcos normativos de todos los niveles del sistema educativo. En particular, se refiere a la reforma de la Ley General de Educación No. 66 del año 1997 la cual regula la educación preuniversitaria, además de una proporción de la formación docente, la capacitación continua de maestros y profesores, la educación de adultos y una serie de servicios dirigidos a los estudiantes, funcionarios docentes y no docentes.

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