El doctor Jesús Feris Iglesias, superintendente de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), informó que ese organismo procedió a sancionar, por primera vez desde su creación, a un centro médico del Distrito Nacional, con una multa ascendente a 101 salarios mínimos, por cobro indebido de depósito o anticipo a dos afiliados al Sistema de Seguridad Social.
Explica que la sanción se estableció mediante la resolución DJ-GIS No. 0022-2023, tras encontrar hallazgos suficientes que tipifican la práctica prohibida de cobros indebidos a dos afiliados, mediante la solicitud de depósitos o pagos anticipados como requisito de acceso a la atención médica, violando así la ley de Seguridad Social y sus normas complementarias.
Aunque dice que se trata de un centro de salud reconocido, no da a conocer el nombre del establecimiento de salud sancionado.
Dijo que ello demuestra el compromiso firme de su gestión en generar los incentivos para el correcto funcionamiento del Seguro Familiar de Salud, de garantizar las prestaciones adheridas a la seguridad social y el fiel cumplimiento de la Ley 87-01, marcando así un precedente que sirva de ejemplo para todos los centros de salud del país.
“Desde nuestro rol regulador del Sistema de Seguridad Social, en la SISALRIL nos mantendremos vigilantes de cualquier vulneración a la ley, ya sea por cobro indebido o cualquier otra infracción que realicen en perjuicio de los afiliados, las Prestadoras de Servicios de Salud, que no sólo transgreden la norma vigente, sino que crean mecanismos de exclusión incompatibles con la naturaleza del servicio que otorgan”, señala.