COSTA RICA. El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Dr. Milton Ray Guevara, manifestó en el XXVIII Encuentro de Tribunales, Cortes y Salas Constitucionales de América Latina que se realiza en Costa Rica, que esta corte en sus casi doce años de funcionamiento ha protegido y garantizado el derecho a la salud de los habitantes de la República Dominicana.
Durante su exposición, en el panel titulado «Jurisprudencia de los tribunales, cortes y salas constitucionales de la región en materia de promoción y garantía del derecho a la salud», el magistrado manifestó que, después de la vida y la dignidad humana, el derecho más fundamental es la salud, por lo que, agregó, para los jueces del TC es prioridad promover y garantizar su exigibilidad y justiciabilidad.
«Hasta el momento, hemos logrado separar la paja del grano para asegurar una tutela jurisdiccional constitucionalmente adecuada a cada derecho fundamental y confío que continuará por ese trayecto. La frase “separar la paja del grano”, se refiere al proceso de aventado que se lleva a cabo con los cereales a la hora de separar los granos de la paja; es decir, a los operadores de la justicia constitucional, para garantizar a nuestra población los derechos tradicionalmente marginados, como el derecho a la salud, por ser considerados costosos para los Estados, nos corresponde extraer lo esencial y excluir lo infecundo», expuso.
Ray Guevara explicó que evitar incurrir en viejas prácticas separatistas, limitativas y excluyentes de derechos en la Constitución dominicana ha permitido que la salud, consagrada en el artículo 61, pueda ser exigible y justiciable, al establecer que toda persona tiene derecho a la salud integral.
En ese sentido, destacó varias sentencias en las que el TC ha protegido el derecho a la salud, entre ellas la TC/0049/12, en la que se estableció que los sistemas de abastecimiento de agua potable son parte integral de los servicios de salud que los Estados tienen que proporcionar a toda la población, bajo el entendido de que este es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud.
Igualmente, la sentencia TC/0450/15, en la que se evidenció las desafortunadas situaciones que viven las personas en condición de pobreza cuando buscan acceder a servicios de salud; la TC/0555/17, que versa sobre las situaciones en la que viven los privados de libertad en los recintos carcelarios, y la TC/0035/18, en la que los jueces ordenaron al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitir un reglamento que establezca la prohibición de la exportación de desechos provenientes de las baterías de ácido plomo usadas.
El magistrado Ray Guevara precisó que falta mucho camino por recorrer en materia del derecho a la salud. «Reconozco los padecimientos de nuestra población para tener acceso a servicios de salud donde prevalezca su dignidad», expresó, al tiempo de resaltar que la República Dominicana tiene limitaciones económicas a la hora de garantizar efectivamente el gran catálogo de derechos consagrados en la carta magna, «que plantea importantes desafíos prácticos, tanto para los gobernantes, como para quienes tenemos la obligación de legitimar la protección de estos derechos y hacer cumplir los mandatos de la Constitución», agregó.
A lo interno del TC, el juez precisó que el Centro de Estudios Constitucionales se encuentra elaborando una obra colectiva sobre el tema con aportes de destacados juristas e investigadores.
Además de que los servidores constitucionales disponen de servicios de atención orientados hacia la promoción, prevención y control de enfermedades, como lo son una unidad de atención ambulatoria, una sala para lactancia, y la realización de jornadas médicas y promoción de donación voluntaria de sangre.
Ray Guevara terminó su participación exhortando a los magistrados y magistradas, representantes de las cortes, salas y tribunales constitucionales de la región latinoamericana presentes en la actividad, a no desfallecer en el camino a garantizar efectivamente el derecho a la salud, su exigibilidad y justiciabilidad.