SANTO DOMINGO (República Dominicana). – El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través del Viceministerio de Recursos Costeros y Marinos, anuncia el inicio de la temporada de veda, que prohíbe legalmente la pesca y comercialización de especies acuáticas esenciales para la salud de los ecosistemas, a fin de garantizar su adecuada reproducción y conservación.

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Entre las especies marinas que se encuentran en veda figuran las langostas: espinosa (Panulirus argus), pinta (Panulirus guttatus) y de piedra (Scyllarides aequinoctialis). Dentro del grupo de los cangrejos se incluyen los denominados zumbá o pelú (Ucides cordatus), paloma de cueva (Gecarcinus lateralis), moro (Cardisoma guanhumi), cangrejito rojo (Gecarcinus ruricola) y la jaiba sírica (Callinectes sapidus), cuya veda se establece desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio.

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Otras especies se encuentran en veda permanente por el Decreto 313-86, entre ellas las del grupo de las ciguas tóxicas, como la barracuda (Sphyraena barracuda), la picúa (Sphyraena barracuda), el medregal (Seriola rivoliana) y el peje rey (Elops saurus).

Asimismo, por un período de 10 años, establecido en el Decreto 285-23, están protegidas las tortugas verdes (Chelonia mydas), carey (Eretmochelys imbricata), caguamo o guácamo (Caretta caretta) y tinglar (Dermochelys coriacea), así como los tiburones y rayas (Elasmobranquios) mediante la Resolución 0023‑2017.

El manatí antillano (Trichechus manatus) se mantiene en estado de prohibición permanente mediante la Ley 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales, mientras que los corales pétreos (orden Scleractinia) están protegidos de manera permanente por el Decreto 318-86.

Por su parte, conforme al Decreto 266-25, se encuentran bajo veda por un período de dos años los peces loro (familia Scaridae) y doctores o cirujanos (familia Acanthuridae) como el jabón (Rypticus saponaceus), butú (Acanthurus chirurgus), cotorra (Scarus guacamaia), ángeles (familia Pomacanthidae) y mariposas (familia Chaetodontidae), además de los equinodermos conocidos como pepinos de mar (familia Holothuroidea).

También se reitera la prohibición permanente de la pesca de anguila (Anguila rosatrata), de la familia Anguillidae, en todas las etapas de su desarrollo (incluyendo las angulas) en áreas comprendidas dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).

Sumado a la veda de las especies mencionadas, en todo el territorio nacional se prohíbe el uso de compresores de buceo para la pesca diurna o captura nocturna de especies acuáticas.

El Ministerio de Medio Ambiente, dirigido por el ministro, Paíno Henríquez, reafirma su compromiso con la protección y conservación de la biodiversidad marina del país. Estas medidas buscan garantizar la reproducción y recuperación de las especies que viven en los océanos, muchas de las cuales cumplen un papel fundamental en el equilibrio de los ecosistemas y en la sostenibilidad de la pesca.

La ciudadanía puede denunciar el incumplimiento de estas disposiciones o cualquier irregularidad que atente contra las especies protegidas, a través de Línea Verde en el teléfono (809) 567-4300, ext. 8000 o en el WhatsApp en el (849) 356-6400.