Yanessi Espinal

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El presidente Luis Abinader y del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) defendió ayer su actuación en ese órgano que decidió no ratificar en sus cargos a tres jueces de la Suprema Corte de Justicia que fueron evaluados la pasada semana.

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El argumento de Abinader junto al presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), José Ignacio Paliza, apunta a distanciarse de prácticas cuestionadas para selección de los integrantes de las altas cortes y afirmaron que su actuación en esa dirección ha sido alejada de los intereses políticos.

“Mi respuesta es que nosotros actuamos según la Constitución y las leyes de la República Dominicana, lo hicimos, pero también nuestra historia y por lo que informan, es muy clara en cuanto a la forma institucional y no política con que hemos manejado las altas cortes, ahí está nuestra historia, muy diferente a la del pasado”, respondió a una pregunta durante La Semanal en el Palacio Nacional.

En ese mismo escenario,  el ministro de la Presidencia y presidente del PRM salió en defensa de la independencia de las altas cortes y otros órganos del Estado y el manejo del PRM con la mayoría calificada.

“Desde que el PRM es PRM, cuando teníamos mayorías débiles o ahora que la tenemos mayoría calificadas, siempre ha utilizado las mismas con el nivel de responsabilidad y la coherencia que la ha caracterizado y no hemos asumido los mismos parámetros y roles del pasado; en la Junta Central Electoral, en la Defensoría del Pueblo, en la Procuraduría General de la República, en las altas cortes, en la propia Cámara de Cuentas, no ha sido una selección política, ni ha sido la vinculación política partidaria la que ha definido a quienes hemos elegido para esas posiciones, de tal manera que, inclusive, espacios como el Tribunal Superior Electoral están presididos hoy por un juez de carrera, nosotros no somos los que utilizamos la capacidades para designar inclusive a miembros de los más altos organismos partidarios en altas cortes, y estoy seguro que en este caso, en el Consejo Nacional de la Magistratura ocurrirá lo que ha venido ocurriendo, en los últimos cinco años que se han electo personas con las actitudes y las consideraciones de lugar sin que sea la política el elemento fundamental para elegir o para escoger o para poder acceder a un espacio de esos, nosotros no replicaremos los parámetros y las formas del pasado”, expuso.

El CNM está mayoritariamente controlado por el PRM y en la votación de evaluación de los jueces, el presidente Abinader hizo uso del voto calificado debido a que de ocho miembros se produjo un empate.

Siguen las críticas

Red de Observadores por la Institucionalidad (ROI) manifestó su profunda preocupación y hace un llamado al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para que garantice la transparencia y rendición de cuentas sobre lo ocurrido en el reciente proceso de evaluación de la magistrada Pilar Jiménez Ortiz y los jueces Manuel Alexis Read Ortiz y Moisés Ferrer Landrón, actuales miembros de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

En un comunicado, ROI recuerda que, desde que inició esta convocatoria, el CNM ha celebrado 4 sesiones y critica que este proceso de alto impacto para la independencia judicial y la confianza ciudadana en el sistema de justicia, se realice sin apego a los principios de publicidad, objetividad y participación.

La ROI está compuesto por el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC), Participación Ciudadana (PC), la Fundación Friedrich Ebert (FES), Foro Ciudadano y el Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF).

De su lado, el exjuez de la SCJ, Julio Aníbal Suárez, criticó que por tercera vez el CNM incurra en esa práctica y afirmó que la remoción es ilegal a la luz del artículo 181 de la Constitución.

“Entendemos que por razones políticas, los titulares del Consejo Nacional de La Magistratura, pretenden ignorar que la inamovilidad que consagra la Constitución dominicana, es absoluta, porque no fija ningún término a la permanencia de los jueces en sus funciones y prohíbe no tan solo la destitución injustificada del juez, sino además, su traslado, suspensión o jubilación inmotivada”, dijo.

Añadió que además de la ausencia de un término de duración de las funciones de los jueces, las disposiciones del artículo 181 de la Constitución confirma el carácter absoluto de su permanencia.